02 Junio 2025
Un revés judicial para el Gobierno: la Justicia laboral hizo lugar al pedido de la CGT y suspendió parte del decreto 340/2025, impulsado por el presidente Javier Milei, que restringía el derecho a huelga de los trabajadores.
La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, del Juzgado Nacional del Trabajo N°3, quien resolvió suspender de manera provisoria los artículos 2° y 3° del DNU para los trabajadores representados por la Confederación General del Trabajo, hasta que se dicte una sentencia definitiva.
La medida se conoció tras el amparo presentado por la central sindical, que consideró que el decreto ampliaba de forma arbitraria el listado de actividades consideradas “servicios esenciales”, imponiendo niveles mínimos de actividad durante las huelgas (entre el 50% y el 75%) que, en la práctica, anulan el ejercicio efectivo de medidas de fuerza.

Desde la CGT señalaron que el DNU viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como tratados internacionales con jerarquía constitucional, como los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, todos ellos garantes del derecho a la protesta y la libertad sindical.
La resolución judicial representa un importante respaldo al reclamo gremial y una advertencia para el Ejecutivo, en medio de un contexto marcado por la tensión con los sectores sindicales.
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