30 Junio 2025
En un nuevo revés para el Gobierno, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 declaró la inconstitucionalidad del DNU 340/2025, conocido como el “decreto antihuelga” impulsado por el presidente Javier Milei.
La resolución, emitida como “sentencia definitiva”, ratifica la nulidad de la norma que pretendía limitar el derecho a huelga en actividades calificadas como “esenciales”.
El fallo responde a una demanda presentada por la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) y la Confederación General del Trabajo (CGT), que cuestionaron la constitucionalidad del decreto por entender que vulnera derechos laborales fundamentales, como la libertad sindical y el derecho a la protesta, protegidos por la Constitución Nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional.

El tribunal consideró que el Poder Ejecutivo no puede, mediante un DNU, alterar derechos establecidos por ley, lo que marca un nuevo límite al intento del oficialismo de gobernar por decreto en materias sensibles.
Tanto la CGT como la CTA celebraron la sentencia y la definieron como “una victoria en defensa de los derechos de los trabajadores”.
Hasta el momento, el Gobierno no se pronunció públicamente sobre el fallo, aunque se estima que apelará la decisión en las próximas horas.
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